{"id":549,"date":"2015-12-07T17:38:08","date_gmt":"2015-12-07T17:38:08","guid":{"rendered":"http:\/\/franciscanosdemaria.org\/?p=549"},"modified":"2017-09-07T17:07:21","modified_gmt":"2017-09-07T17:07:21","slug":"educacion-y-derechos-de-los-padres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/2015\/12\/07\/educacion-y-derechos-de-los-padres\/","title":{"rendered":"Educaci\u00f3n y derechos de los padres"},"content":{"rendered":"<table border=\"0\" cellpadding=\"10\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div align=\"justify\">\n<div><strong>Diez organizaciones espa\u00f1olas hicieron p\u00fablico -en 2006- un acuerdo por la educaci\u00f3n y libertad por el que se comprometen a defender de manera conjunta el derecho de los padres a elegir en libertad la educaci\u00f3n que deseen para sus hijos. Las organizaciones firmantes han difundido un documento titulado \u201cEl derecho de los padres a elegir la educaci\u00f3n en libertad\u201d, que recoge los principios b\u00e1sicos que fundamentan el derecho constitucional a la educaci\u00f3n. Era una reacci\u00f3n ante la ley del Gobierno socialista que atentaba contra el derecho de los padres a educar a sus hijos.<\/strong><\/div>\n<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div align=\"justify\">\n<div>El documento explica, en primer lugar, en qu\u00e9 consiste el derecho de los padres a elegir, que posee dos vertientes inseparables: \u201cEs un derecho-prestaci\u00f3n que legitima para recibir ense\u00f1anza, que es su objeto propio\u201d y es un \u201cderecho-libertad, que obliga a respetar la diversidad de los ciudadanos y la libertad de los padres a elegir escuelas distintas a las creadas por los entes p\u00fablicos\u201d. El derecho a la educaci\u00f3n s\u00f3lo se satisface plena y propiamente cuando se cubren esas dos vertientes. De ah\u00ed que todas estas organizaciones afirmen que \u201cla educaci\u00f3n no es un servicio p\u00fablico sino un servicio de inter\u00e9s general, que debe ser garantizado por las autoridades y que exige una oferta escolar plural. La ense\u00f1anza p\u00fablica y la privada son complementarias, ambas imprescindibles para la libertad de ense\u00f1anza. Mientras m\u00e1s variadas sean las escuelas, m\u00e1s se perfecciona el derecho a elegir\u201d.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las organizaciones firmantes afirman en el documento hecho p\u00fablico que \u201clos poderes p\u00fablicos no tienen el derecho a educar a los ciudadanos porque ese derecho corresponde ante todo a los padres, a quienes se ha de asegurar la libertad de decidir el tipo de ense\u00f1anza que desean para sus hijos, sin m\u00e1s l\u00edmites que los impuestos por el ordenamiento constitucional: el respeto a los principios democr\u00e1ticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales\u201d.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El documento presentado por las organizaciones mencionadas explica los contenidos que se derivan de la libertad de ense\u00f1anza que reconoce nuestra Carta Magna:<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; El derecho de los padres a decidir sobre el tipo de educaci\u00f3n que quieren para sus hijos;<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; El derecho de los padres a la gratuidad en los niveles b\u00e1sicos y obligatorios, tanto en primaria como en secundaria;<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; El derecho de los padres a elegir centro docente, ya sea p\u00fablico o privado;<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; El derecho de los centros privados a recibir fondos p\u00fablicos, cuando re\u00fanen los requisitos establecidos por la ley;<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; El derecho a crear y dirigir centros educativos.<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; El derecho a definir el car\u00e1cter propio o ideario de los centros privados, que se extiende a los aspectos pedag\u00f3gicos y organizativos, no s\u00f3lo a los morales y religiosos.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Por otra parte, las organizaciones firmantes del documento han explicado que el derecho a la gratuidad es tambi\u00e9n un derecho constitucional de los padres, con independencia del tipo de centro y del modelo educativo que \u00e9stos elijan, siempre que los centros cumplan los requisitos establecidos por la ley. El documento se refiere, adem\u00e1s, a la aconfesionalidad del Estado, que le obliga \u201ca mantenerse neutral ante las opciones religiosas o agn\u00f3sticas de los ciudadanos\u201d. Eso implica que el Estado no puede obligar a que las convicciones de las familias queden fuera de la escuela. El Estado tiene la obligaci\u00f3n de \u201chacer posible la existencia de centros que respondan al pluralismo de los ciudadanos\u201d, sin imponer ninguna ideolog\u00eda ni manipular la libertad. El derecho a elegir implica, por otra parte, \u201cla libertad de crear escuelas y de dirigirlas con autonom\u00eda\u201d, lo que contribuye a un verdadero \u201cpluralismo escolar que protege a cada persona y a la familia de un excesivo intervencionismo del Estado\u201d. Estas organizaciones consideran que, \u201cen el caso de la escuela privada, el marco de referencia para la libre elecci\u00f3n de los padres es el car\u00e1cter propio del centro, que el titular garantiza como proyecto educativo coherente que compromete a cuantos forman la comunidad educativa\u201d. Pero tambi\u00e9n aseguran que \u201cla escuela p\u00fablica deber\u00eda gozar de amplia autonom\u00eda para ofrecer tambi\u00e9n un proyecto docente plural a los padres\u201d. La natural diversidad, por tanto, no puede ser atendida adecuadamente con un modelo \u00fanico de ense\u00f1anza, ni ser\u00eda leg\u00edtimo imponerlo.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El documento \u201cEl derecho de los padres a elegir la educaci\u00f3n en libertad\u201d se refiere tambi\u00e9n al papel de la iniciativa social, pues la experiencia de los pa\u00edses m\u00e1s avanzados muestra que \u201cla gesti\u00f3n del sistema educativo es demasiado compleja como para que pueda ser asumida en exclusiva por las autoridades p\u00fablicas\u201d. De acuerdo con el principio de subsidiariedad, las organizaciones que lo han presentado explican que las Administraciones educativas deben respetar la iniciativa social, lo que contribuir\u00e1, por otra parte, a aliviar la sobrecarga de las Administraciones, que as\u00ed estar\u00e1n \u201cen mejores condiciones para proteger y respetar las libertades individuales, para mejorar los centros p\u00fablicos y para atender aquellas necesidades a las que no llegue la iniciativa social\u201d. Por \u00faltimo, y con el fin de dotar al sistema educativo de mayor eficacia, estas organizaciones solicitan que se satisfagan las siguientes exigencias:<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; Hacer posible la libertad real de elegir centro y lograr que los padres se involucren en la formaci\u00f3n de sus hijos.<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; Revalorizar la consideraci\u00f3n social y econ\u00f3mica de los profesores.<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; Reforzar la autonom\u00eda de los centros educativos, tanto p\u00fablicos como privados.<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; Asegurar una educaci\u00f3n personalizada que atienda a la diversidad de los alumnos.<\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 &#8211; La presencia activa -participaci\u00f3n- de los padres en todos los foros educativos: desde la escuela hasta los organismos m\u00e1s representativos del Estado.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las organizaciones firmantes de este acuerdo por la educaci\u00f3n y la libertad insisten en que el modelo \u00fanico de ense\u00f1anza que propugna una educaci\u00f3n p\u00fablica \u201cest\u00e1 anclado en el pasado y es regresivo\u201d, pues la sociedad se mueve hacia un creciente pluralismo ideol\u00f3gico y cultural que el Estado ha de respetar.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Sobre este asunto se manifest\u00f3 tambi\u00e9n la Conferencia Episcopal Espa\u00f1ola, declarando que la ley de educaci\u00f3n (LOE) aprobada por el Gobierno era inaceptable.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En un comunicado que fue le\u00eddo por el secretario de la Conferencia Episcopal, Juan Antonio Mart\u00ednez Camino, se expresaba el desacuerdo de la Iglesia cat\u00f3lica hacia la LOE, pues \u00abrecorta el derecho fundamental de los padres a decidir sobre la educaci\u00f3n de sus hijos de acuerdo con sus convicciones religiosas, morales y pedag\u00f3gicas\u00bb. Seg\u00fan el Episcopado, la LOE limita adem\u00e1s \u00abgravemente la libertad de la escuela cat\u00f3lica y de las dem\u00e1s instituciones educativas de iniciativa social en el ejercicio de sus derechos a la educaci\u00f3n\u00bb.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Por otra parte, asegur\u00f3 el padre Mart\u00ednez Camino, \u00abpone seriamente en peligro la ense\u00f1anza de la religi\u00f3n en la escuela y arbitra un nuevo estatuto de los profesores de religi\u00f3n que contradice la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo\u201d.<\/div>\n<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Diez organizaciones espa\u00f1olas hicieron p\u00fablico -en 2006- un acuerdo por la educaci\u00f3n y libertad por el que se comprometen a defender de manera conjunta el derecho de los padres a elegir en libertad la educaci\u00f3n que deseen para sus hijos.<span class=\"ellipsis\">&hellip;<\/span><\/p>\n<div class=\"read-more\"><a href=\"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/2015\/12\/07\/educacion-y-derechos-de-los-padres\/\">Leer m\u00e1s \u203a<\/a><\/div>\n<p><!-- end of .read-more --><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[8],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/549"}],"collection":[{"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=549"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/549\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":550,"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/549\/revisions\/550"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=549"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=549"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/franciscanosdemaria.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=549"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}